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Billeteras virtuales y SIRCUPA: cuándo la retención de Ingresos Brutos te deja saldo a favor

Por: Equipo de Lannis

Billeteras virtuales y SIRCUPA: cuándo la retención de Ingresos Brutos te deja saldo a favor

Si estás inscripto en Ingresos Brutos y cobrás en Mercado Pago, Ualá u otra billetera virtual, la billetera te puede retener una parte de cada acreditación por SIRCUPA. Esa retención es un pago a cuenta del impuesto. Si en el mes te retienen más de lo que te toca pagar, la diferencia queda como saldo a favor y no vuelve sola a tu cuenta. Para recuperarla podés usarla en los meses siguientes, pedir una alícuota más baja o reclamar la devolución a tu provincia.

Qué es SIRCUPA

Es el sistema de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral que administra la recaudación de Ingresos Brutos sobre las acreditaciones en cuentas de pago. Lo creó la Resolución General 9/2022 y funciona desde octubre de 2022. Los agentes de recaudación son las billeteras virtuales y los demás proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas. Es una de las retenciones que siguen vigentes sobre tus cobros, como contamos en facturar los cobros de Mercado Pago.

Alcanza a contribuyentes locales y de convenio multilateral de las provincias adheridas, siempre que figuren en el padrón del mes. Cada provincia fija sus reglas, y el padrón se arma todos los meses, con lo que tu inclusión y tu alícuota pueden cambiar de un mes a otro. Si la cuenta tiene más de un titular y uno está en el padrón, las acreditaciones de esa cuenta quedan alcanzadas.

En octubre de 2026, la Comisión Arbitral lista 20 jurisdicciones adheridas: Buenos Aires, Catamarca, Chaco, Chubut, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La Rioja, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santiago del Estero y Tierra del Fuego. La Ciudad de Buenos Aires, La Pampa, Santa Fe y Tucumán no figuran en ese listado.

Buenos Aires desde octubre de 2025

ARBA se sumó con la Resolución Normativa 25/2025, publicada en el Boletín Oficial el 8 de septiembre de 2025. Las billeteras que ya eran agentes de SIRCUPA en otras provincias empezaron a retener el 1 de octubre de 2025, y el resto el 1 de noviembre. Tu alícuota sale en el padrón mensual y va del 0,01% al 5%.

Si estás en convenio multilateral, la alícuota depende de tu actividad con más ingresos. En el régimen general es del 1%, salvo las actividades que la norma lista con otra alícuota. Los regímenes especiales tienen la suya, como 0,10% en construcción o 0,80% en profesiones liberales. Si sos contribuyente local, ARBA la calcula con el mismo método que usa para sus otros padrones de retención.

No tienen esta retención quienes están en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos, que en Buenos Aires funciona con el monotributo unificado. Tampoco quienes están exentos por todas sus actividades o solo hacen actividades que el impuesto no alcanza. Cómo se adhiere al simplificado y cuánto se paga está en Ingresos Brutos simplificado por provincia.

Aunque estés en el padrón, hay acreditaciones exceptuadas, entre ellas:

  • Transferencias a otra cuenta tuya, en una billetera o en un banco.
  • Sueldos, jubilaciones y pensiones, y los préstamos que te da la misma billetera.
  • AUH, subsidios, becas, planes sociales y préstamos de ANSES.
  • Transferencias desde el exterior y cobros de exportaciones.
  • Reintegros de IVA por compras con tarjeta y devoluciones de impuestos provinciales.
  • Intereses sobre tu saldo, y plazos fijos y fondos comunes de inversión hechos con fondos propios.
  • Reembolsos por el botón de arrepentimiento.
  • Liquidaciones de cobros con tarjeta que ya entran en el régimen de SIRTAC, aunque no te hayan retenido por ese régimen.

Por qué queda plata inmovilizada

Cada retención baja lo que tenés disponible en la billetera en ese momento. Después la descontás en tu declaración jurada mensual de Ingresos Brutos, como pago a cuenta. Si no la declarás en su momento, solo la podés descontar si rectificás esa declaración. El saldo a favor aparece cuando lo retenido supera el impuesto del mes:

  • Impuesto del mes: $100.000.
  • Retenciones del mes: $130.000.
  • Saldo a favor: $30.000.

Si pasa todos los meses, el saldo crece y esa plata queda inmovilizada. Un excedente que se repite suele venir de una alícuota desproporcionada, de retenciones sobre operaciones exceptuadas o de errores de imputación.

Una retención que no esperabas no siempre es un error. Puede corresponder a acreditaciones de los últimos días del mes anterior, que la billetera descuenta a principio de mes. También puede venir de un cotitular de la cuenta que figura en el padrón. En convenio multilateral, las retenciones se reparten entre provincias con los coeficientes del padrón del mes, que pueden no coincidir con los tuyos. Y si importás el detalle que informa la billetera y además cargás el mismo descuento a mano, el crédito queda duplicado.

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Las opciones para recuperar el saldo

Lo que sigue es para Buenos Aires. En las otras provincias, la reducción de alícuota y la devolución dependen de la norma de cada fisco.

Usarlo en los meses siguientes

El saldo a favor se descuenta de los anticipos que vienen, aunque pase al año siguiente. Sirve si tu actividad va a generar impuesto suficiente para absorberlo.

Pedir una alícuota más baja

La Resolución Normativa 64/2010 sirve si tuviste saldo a favor en los últimos tres meses y tenés las declaraciones al día. En ese caso, ARBA puede bajarte la alícuota de SIRCUPA, incluso al 0%, por hasta seis meses prorrogables. Otra vía es la alícuota mínima de la Resolución Normativa 38/2025, para quienes tienen buen cumplimiento. Baja la alícuota de SIRCUPA y bancaria, y a cambio te pueden retener o percibir más en otros regímenes.

Una alícuota más baja reduce las retenciones nuevas, pero no te devuelve lo que ya acumulaste.

Pedir la devolución

El saldo que no podés usar se le puede pedir a ARBA como devolución, también llamada repetición. Es un trámite digital, aparte de la reducción de alícuota.

Si la retención fue un error

La billetera te la puede devolver mientras la retención no tenga más de 90 días corridos. Pasado ese plazo, se le pide a ARBA. El reclamo por el padrón va al Comité de Administración de SIRCUPA, en la Comisión Arbitral, que aplica lo que resuelve cada provincia.

Cómo lo resuelve Lannis

Lannis lleva Ingresos Brutos junto con el monotributo, incluido el convenio multilateral, con las tablas de cada jurisdicción. Si tenés una retención de tu billetera que no entendés, preguntale a Lannis por WhatsApp.

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Preguntas frecuentes

¿Me retienen si estoy en el monotributo unificado?

En Buenos Aires, no. El Régimen Simplificado de Ingresos Brutos, que va con el monotributo unificado, queda afuera de SIRCUPA.

¿Me retienen cuando paso plata entre mis cuentas?

No. Las transferencias a otra cuenta en la que sos titular o cotitular están exceptuadas.

¿Bajar la alícuota me devuelve lo retenido?

No. Lo que ya te retuvieron se descuenta en los meses siguientes o se pide en devolución.


Fuentes: Resolución Normativa ARBA 25/2025 · Resolución Normativa ARBA 64/2010, texto con la Resolución Normativa 26/2025 · Resolución Normativa ARBA 38/2025 · Resolución Normativa ARBA 18/2026 · Resolución Normativa ARBA 59/2020 · Resolución Normativa ARBA 21/2021 · Resolución General 9/2022, Comisión Arbitral · Jurisdicciones adheridas, Comisión Arbitral · Preguntas frecuentes de SIRCUPA, Comisión Arbitral · Billeteras virtuales: por qué Ingresos Brutos puede inmovilizar dinero y cómo reclamar, Blog del Contador

Actualizado en octubre de 2026.

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