Deducciones personales de Ganancias 2026: mínimo no imponible y cargas de familia
Por: Equipo de Lannis

En 2026, la ganancia no imponible de Ganancias es de $6.019.671,36 por año. Toda persona humana residente en el país resta ese monto de su ganancia neta, junto con las cargas de familia y la deducción especial que le correspondan. Estos son los valores anuales que publicó ARCA para el período 2026:
| Deducción personal | Importe anual 2026 |
|---|---|
| Ganancia no imponible | $6.019.671,36 |
| Cónyuge o conviviente | $5.669.323,06 |
| Hijo o hija | $2.859.060,31 |
| Hijo o hija incapacitado para el trabajo | $5.718.120,60 |
| Deducción especial para autónomos | $21.068.849,78 |
| Deducción especial para nuevos profesionales y nuevos emprendedores | $24.078.685,46 |
| Deducción especial para empleados y jubilados | $28.894.422,56 |
Para las retenciones de cada mes hay dos tablas semestrales, más abajo.
Qué es cada deducción
Las deducciones personales están en el artículo 30 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Se restan de la ganancia neta y, sobre lo que queda, se aplica la escala de Ganancias 2026.
Ganancia no imponible
Es el mismo monto para un empleado, un jubilado o un autónomo.
Cargas de familia
Se deducen por el cónyuge, por el conviviente en unión convivencial y por cada hijo, hija, hijastro o hijastra menor de 18 años o incapacitado para el trabajo. Para que cuenten, tienen que vivir en el país, estar a tu cargo y no tener en el año ingresos netos mayores a la ganancia no imponible, de cualquier origen.
Cada carga la deduce solo el pariente más cercano que tenga ganancias imponibles. Por un hijo incapacitado para el trabajo, la deducción es el doble.
Deducción especial
El monto depende de dónde viene la ganancia:
- Autónomos: para quien trabaja personalmente en su actividad o profesión. Es condición haber pagado los aportes obligatorios como autónomo.
- Nuevos profesionales y nuevos emprendedores: un monto mayor para autónomos que entran en esa definición de la reglamentación, con la misma condición de los aportes.
- Empleados y jubilados: para el trabajo en relación de dependencia, los cargos públicos y las jubilaciones y pensiones. Además, suman como deducción especial la doceava parte del total de la ganancia no imponible, las cargas de familia y esta deducción.
Cuánto subieron contra 2025
Todas las deducciones personales anuales subieron 33,55% contra las de 2025:
- Ganancia no imponible: de $4.507.505,52 a $6.019.671,36.
- Cónyuge: de $4.245.166,13 a $5.669.323,06.
- Hijo: de $2.140.852,77 a $2.859.060,31.
- Deducción especial para empleados y jubilados: de $21.636.026,50 a $28.894.422,56.
La Ley 27.743 ordena actualizar los montos del artículo 30 por el IPC del INDEC en enero y en julio de cada año.
Ejemplos
Con los montos anuales de 2026:
Empleado soltero y sin hijos:
- Ganancia no imponible más deducción especial: $34.914.093,92.
- Más la doceava parte de esa suma: $2.909.507,83.
- Total de deducciones personales: $37.823.601,75.
Empleado casado con dos hijos menores de 18:
- Ganancia no imponible, cónyuge, dos hijos y deducción especial: $46.301.537,60.
- Más la doceava parte de esa suma: $3.858.461,47.
- Total de deducciones personales: $50.159.999,07.
Autónomo soltero y sin hijos, con los aportes pagos:
- Ganancia no imponible más deducción especial: $27.088.521,14.
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Los valores de cada semestre
El empleador calcula la retención de cada mes con montos acumulados desde enero, y ARCA publica una tabla para cada semestre. Estos son los importes acumulados a diciembre de cada una:
| Deducción personal | Enero a junio de 2026 | Julio a diciembre de 2026 |
|---|---|---|
| Ganancia no imponible | $5.151.802,50 | $5.585.736,93 |
| Cónyuge o conviviente | $4.851.964,66 | $5.260.643,86 |
| Hijo o hija | $2.446.863,48 | $2.652.961,90 |
| Hijo o hija incapacitado para el trabajo | $4.893.726,96 | $5.305.923,78 |
| Deducción especial para autónomos | $18.031.308,76 | $19.550.079,27 |
| Deducción especial para nuevos profesionales y nuevos emprendedores | $20.607.210,01 | $22.342.947,74 |
| Deducción especial para empleados y jubilados | $24.728.652,02 | $26.811.537,29 |
Cada mes suma una parte. En enero de 2026, la ganancia no imponible acumulada era de $429.316,88, la doceava parte de $5.151.802,50. Desde julio, el acumulado sigue con los montos del segundo semestre.
Qué pasa si no informás tus deducciones
- Cargas de familia sin informar: el empleador calcula la retención sin ellas, y te retiene más de lo que corresponde.
- Carga de familia con ingresos propios: si tu cónyuge o tu hijo tuvo en el año ingresos netos mayores a $6.019.671,36, no cuenta como carga.
- Deducción especial de autónomo sin aportes: si no pagaste los aportes como autónomo, no podés computarla por esa actividad.
Si todavía no sabés si te toca presentar la declaración jurada, en Ganancias para personas humanas está quiénes tienen que hacerlo.
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Preguntas frecuentes
¿Cuál es el mínimo no imponible de Ganancias en 2026?
La ganancia no imponible anual de 2026 es de $6.019.671,36. Para las retenciones del primer semestre, el monto acumulado a diciembre es de $5.151.802,50, y para las del segundo semestre, de $5.585.736,93.
¿Cuánto se deduce por cada hijo en 2026?
$2.859.060,31 por año por cada hijo o hija menor de 18 años. Si está incapacitado para el trabajo, $5.718.120,60.
¿El conviviente cuenta como carga de familia?
Sí, si la unión convivencial se acredita como pide la reglamentación y el conviviente cumple las mismas condiciones que el cónyuge.
¿Qué es la doceava parte que suman los empleados?
Es una deducción especial extra para empleados y jubilados. Se calcula como la doceava parte de la suma de la ganancia no imponible, las cargas de familia y la deducción especial.
¿Cada cuánto se actualizan las deducciones?
Dos veces por año, en enero y en julio, por el IPC del INDEC del semestre anterior.
Fuentes: Deducciones personales, liquidación anual 2026, ARCA · Deducciones personales, enero a junio 2026, ARCA · Deducciones personales, julio a diciembre 2026, ARCA · Deducciones personales, liquidación anual 2025, ARCA · Deducciones personales, ARCA · Ley 27.743, Boletín Oficial
Actualizado en octubre de 2026.
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