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Deuda de monotributo: intereses, planes de pago y embargos

Por: Equipo de Lannis

Deuda de monotributo: intereses, planes de pago y embargos

Una cuota de monotributo impaga suma intereses resarcitorios de 2,75% mensual desde su vencimiento, sin que ARCA tenga que avisarte. Se puede pagar de contado o en un plan de pagos. Si queda impaga, ARCA puede emitir una boleta de deuda, iniciar una ejecución fiscal y pedirle al juez el embargo de tus cuentas.

Las tasas de interés vigentes

Las fija la Resolución 3/2024 del Ministerio de Economía, con los valores de la Resolución 823/2025, vigentes desde el 1 de julio de 2025:

InterésDesde cuándo correTasa mensual
Resarcitorio (Ley 11.683, artículo 37)Desde el vencimiento2,75%
Punitorio (Ley 11.683, artículo 52)Desde que ARCA presenta la demanda de ejecución fiscal3,50%
Resarcitorio, obligaciones en dólares o que se pagan según el monto de categoría vigente al pagarDesde el vencimiento0,83%
Punitorio, obligaciones en dólares o que se pagan según el monto de categoría vigente al pagarDesde la demanda de ejecución fiscal1%

La tasa diaria es la mensual dividida por 30. Una obligación en pesos de $100.000 pagada con 30 días de atraso suma $2.750 de intereses resarcitorios.

Antes de julio de 2025 las tasas eran más altas: 4% el resarcitorio y 5% el punitorio, desde el 1 de marzo de 2025. Si tu deuda es vieja, cada tramo se calcula con la tasa vigente en ese período.

Los planes de pago que existen hoy

Ninguno de estos planes perdona intereses ni multas. Ordenan el pago en cuotas, con una tasa de financiación que se suma a los intereses ya generados.

PlanQué deuda incluyeCuotas máximasPago a cuenta
Plan permanente, deuda de autónomos y monotributo (RG 5321/2023)La deuda del monotributo, aunque esté en juicio20Sin pago a cuenta
Plan permanente, deuda general (RG 5321/2023)Obligaciones impositivas y de la seguridad social12 con perfil de cumplimiento I, 8 con perfil IISin pago a cuenta
Régimen especial para MiPyMEs y pequeños contribuyentes (RG 5875/2026)Deuda vencida hasta el 30 de junio de 2026, incluidos los aportes a obra social del monotributo185%
Plan para excluidos del monotributo (RG 4166/2017)La deuda del régimen general después de una exclusión362% en los primeros 30 días, 5% después

Estos son los valores para pequeños contribuyentes que publicó ARCA para octubre de 2026:

  • Tasa de financiación: 2,75% mensual en el plan permanente y en el régimen especial, la misma que el interés resarcitorio.
  • Cuota mínima: $50.000 en el plan permanente y en el régimen especial.
  • Perfil de cumplimiento: ARCA lo toma de su sistema de riesgo. El perfil I son las categorías A, B y C, y el perfil II, las D, E y quienes no tienen categoría.
  • Régimen especial: la adhesión cierra el 30 de octubre de 2026. Pueden entrar las personas humanas con la caracterización 547, Pequeño Contribuyente, en el registro de ARCA.
  • Plan para excluidos: se pide hasta el último día del tercer mes posterior al registro de la exclusión.

Si dejás de pagar el plan

El plan permanente y el régimen especial caducan solos si quedan impagas dos cuotas, seguidas o alternadas, a los 60 días corridos del vencimiento de la segunda. También caducan con una cuota impaga a los 60 días del vencimiento de la última cuota del plan.

Con la caducidad, ARCA puede iniciar el cobro judicial del saldo con una boleta de deuda (RG 5321/2023, artículo 17).

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De la deuda al embargo

El cobro judicial de ARCA sigue el artículo 92 de la Ley 11.683:

  1. ARCA emite la boleta de deuda. Es el título que le alcanza para cobrarte en juicio.
  2. El representante de ARCA presenta la demanda de ejecución fiscal. Desde ahí corre también el interés punitorio.
  3. Te llega un mandamiento de intimación de pago, con un 15% adicional para intereses y costas.
  4. Tenés cinco días para oponer excepciones. Las únicas que se admiten son el pago total documentado, la espera documentada, la prescripción y la inhabilidad de título.
  5. ARCA puede pedir el embargo general de tus cuentas bancarias, inhibiciones y otras medidas cautelares. Las ordena el juez.

Una deuda en juicio todavía se puede pagar en cuotas, porque el plan permanente de monotributo admite deuda en gestión judicial. Si te embargaron fondos, ARCA tiene que gestionar el levantamiento del embargo cuando incluís esa deuda en el plan (RG 5321/2023, artículos 5 y 19). Las costas del juicio y los honorarios de los abogados de ARCA se pagan aparte, y los honorarios admiten hasta 12 cuotas.

Como regla general, ARCA tiene cinco años para reclamarle la deuda a un contribuyente inscripto (Ley 11.683, artículo 56).

Deuda y baja de oficio

Con 10 meses consecutivos sin pagar el monotributo, ARCA puede darte de baja de oficio (Decreto 1/2010, artículo 36). La baja no cancela la deuda. Para volver al régimen, primero tenés que pagar esos 10 meses, la deuda anterior no prescripta y las multas por deberes formales (RG 4309/2018, artículo 66).

Antes de eso, la obra social puede desafiliarte con 3 cuotas seguidas o 5 alternadas sin pagar (Ley 24.977, Anexo, artículo 42). Los dos efectos están en baja de oficio del monotributo, y qué incluye cada cuota está en pagar el monotributo.

Si ya no trabajás, la salida es pedir la baja por cese, no dejar de pagar. Lo contamos en darse de baja del monotributo. Si la deuda viene de una exclusión, las causales y sus efectos están en exclusión del monotributo.

Cómo te ayuda Lannis

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto interés cobra ARCA por la deuda de monotributo?

El interés resarcitorio para obligaciones en pesos es de 2,75% mensual desde el vencimiento. Si ARCA inicia una ejecución fiscal, desde la demanda corre además el punitorio, de 3,50% mensual.

¿Puedo pagar la deuda de monotributo en cuotas?

Sí. El plan permanente para deuda de autónomos y monotributo permite hasta 20 cuotas, sin pago a cuenta, con una tasa de 2,75% mensual.

¿El plan de pagos me baja los intereses?

No. Los planes vigentes no condonan intereses ni multas.

¿Qué pasa si no pago una cuota del plan?

El plan caduca con dos cuotas impagas, seguidas o alternadas, a los 60 días del vencimiento de la segunda. Después, ARCA puede ir a juicio por el saldo.

¿Me pueden embargar por deuda de monotributo?

Sí, dentro de una ejecución fiscal. ARCA pide el embargo y el juez lo ordena.

¿La deuda de monotributo prescribe?

Sí. Como regla general, ARCA tiene cinco años para reclamarle a un contribuyente inscripto.


Fuentes: Ley 11.683, texto actualizado · Resolución 3/2024 del Ministerio de Economía, texto actualizado · Resolución 823/2025, Boletín Oficial · baja de las tasas de interés, Ministerio de Economía · RG 5321/2023, texto actualizado · condiciones de los planes de pago, ARCA · planes vigentes en octubre de 2026, ARCA · RG 5875/2026 · régimen especial para MiPyMEs y pequeños contribuyentes, ARCA · plan para excluidos del monotributo, ARCA · Decreto 1/2010 · RG 4309/2018 · Ley 24.977, Anexo

Actualizado en octubre de 2026.

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