La exclusión es la salida obligada del monotributo. No la pedís vos: ocurre cuando se cumple alguna de las causales de la ley, y desde ese momento te corresponde el régimen general, con IVA y Ganancias.
Tiene tres características que la hacen cara:
- Es de pleno derecho. No hace falta que ARCA te avise para que corra.
- Es retroactiva. Rige desde el momento en que se produjo la causal, aunque ARCA la detecte meses después.
- Te deja afuera tres años. No podés volver al monotributo hasta pasados tres años calendario posteriores al de la exclusión.
Las causales de exclusión
Están en el artículo 20 del Anexo de la Ley 24.977. Quedás excluido si:
- Tus ingresos brutos de los últimos 12 meses superan el tope de la categoría K. Desde agosto de 2026, $126.610.838,75. Es la causal más conocida y la contamos en me pasé del tope del monotributo.
- La superficie, la energía o los alquileres superan los máximos de la categoría K.
- Vendés cosas muebles a un precio unitario mayor al máximo. Desde agosto de 2026, el máximo es $716.840,77 por unidad.
- Comprás bienes o hacés gastos personales incompatibles con los ingresos que declarás, y no los podés justificar.
- Tus depósitos bancarios no son compatibles con los ingresos que declarás.
- Importás cosas muebles para revender, o dejás de reunir las condiciones para estar en el régimen.
- Tenés más de tres actividades simultáneas o más de tres unidades de explotación.
- Te categorizaste como venta de cosas muebles cuando en realidad prestás servicios o alquilás.
- Tus operaciones no tienen factura o un comprobante equivalente.
- Tus compras y gastos de los últimos 12 meses superan un porcentaje de los ingresos máximos de la K: 80% si vendés cosas muebles y 40% si prestás servicios o alquilás.
- Figurás en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales al terminar la sanción.
Los valores de la K se actualizan dos veces por año. Los vigentes están en nuestro cuadro de categorías.
Cómo te enterás
ARCA cruza la información que tiene de tus facturas, tus cuentas bancarias, tus compras y tus consumos. Cuando detecta una causal, te notifica la exclusión en tu Domicilio Fiscal Electrónico.
Pero la notificación no es lo que te excluye. La ley dice que la exclusión opera sin intervención de nadie, desde que se produce la causal. Si la detectás vos primero, tenés que comunicarlo a ARCA de inmediato e inscribirte en el régimen general.
Qué pasa después de la exclusión
- Pasás al régimen general desde el momento en que se produjo la causal: IVA, Ganancias y aportes de autónomos. Lo comparamos en monotributo o responsable inscripto.
- Lo que pagaste de impuesto integrado se toma como pago a cuenta de los impuestos que pasás a deber.
- No podés volver al monotributo hasta pasados tres años calendario posteriores al de la exclusión.
El problema de la retroactividad es concreto: las facturas C que emitiste después de la causal ya correspondían al régimen general. Cuanto más tarde se detecta, más meses hay que regularizar.
Si no estás de acuerdo: la apelación
Si ARCA te excluye y creés que se equivocó, podés apelar dentro de los 15 días de recibida la notificación. Se presenta por el servicio "Presentaciones digitales" de ARCA. Pasado ese plazo, queda un recurso fuera de término.
Conviene apelar con los números en la mano: tus ingresos de los 12 meses, tus facturas y el origen de los depósitos que ARCA observó.
Qué conviene hacer antes
- Facturar todas las ventas. Vender sin factura es causal de exclusión por sí sola.
- Mirar tus ingresos de los últimos 12 meses contra el tope de la K, no solo contra el de tu categoría.
- Poder justificar tus depósitos y tus compras grandes, como un auto o una propiedad, con ingresos declarados.
- Si vas a pasar el tope, decidir antes. Si renunciás al monotributo para pasar a responsable inscripto, elegís la fecha y llegás con la facturación en orden, en vez de regularizar meses para atrás.
Cómo lo resuelve Lannis
- Facturás todas tus ventas por WhatsApp, en el momento. Mirá facturar por WhatsApp.
- Ves tu facturación de los últimos 12 meses contra el tope de tu categoría, y te avisamos cuando te acercás.
- Si te toca pasar a responsable inscripto, el equipo de Lannis hace la baja del monotributo y el alta en los impuestos del régimen general, y deja tu cuenta lista para seguir facturando.
Preguntas frecuentes
¿Me pueden excluir por pasarme del tope de mi categoría?
No. Pasarte del tope de tu categoría te obliga a recategorizarte. La exclusión es por pasar el tope de la categoría K, o por alguna de las otras causales.
¿Desde cuándo rige la exclusión?
Desde el momento en que se produjo la causal, aunque ARCA te notifique después.
¿Cuánto tiempo tengo para apelar?
15 días desde que recibís la notificación en tu Domicilio Fiscal Electrónico.
¿Puedo volver al monotributo después de una exclusión?
Sí, pero recién después de tres años calendario posteriores al de la exclusión.
¿Qué pasa con lo que ya pagué de monotributo?
El impuesto integrado que pagaste se toma como pago a cuenta de los impuestos del régimen general.
¿Cuál es el precio unitario máximo para vender en el monotributo?
Desde agosto de 2026, $716.840,77 por unidad, para todas las categorías.
Fuentes: Ley 24.977, Anexo, artículos 20 y 21 · exclusión, ARCA · cuadro de categorías y valores, ARCA
Valores vigentes desde el 1 de agosto de 2026. Actualizado en septiembre de 2026.
