Ganancias 2025: la declaración vence el 30 de octubre, pero el pago no se prorrogó
Por: Equipo de Lannis

Si sos persona humana y tenés que presentar Ganancias 2025, la declaración jurada vence el viernes 30 de octubre de 2026. El pago del saldo no se prorrogó. Venció el 27 de julio y, si todavía no lo pagaste, genera intereses desde esa fecha. Si usás el Régimen Simplificado de Ganancias, pagar tarde o pedir tarde el plan de pagos puede dejarte sin el efecto liberatorio.
Qué se prorrogó y qué no
ARCA movió la presentación del 13 al 30 de octubre con la Resolución General 5911/2026, publicada el 8 de octubre. Alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas, en el régimen general y en el Régimen Simplificado de Ganancias. ARCA la justificó en los cambios que la Ley 27.826 trae para la liquidación de 2025.
La resolución no prorrogó Bienes Personales ni el impuesto cedular, que se presentaban y pagaban en julio. Las fechas que había fijado la prórroga anterior están en ARCA prorrogó los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales 2025.
Los anticipos de 2026 siguen su propio calendario. Si todavía no presentaste y ARCA no te muestra el importe del primer o del segundo anticipo, ese importe sale de tus papeles de trabajo, según la RG 5898/2026. La parte del saldo que no pagaste, compensaste ni financiaste sigue sumando intereses desde el vencimiento.
Plan de pagos de Ganancias 2025
El saldo de Ganancias 2025, incluido el impuesto cedular, se puede financiar con el plan por deuda de impuestos anuales de la RG 5321/2023, que también acepta Bienes Personales. Para el saldo que venció en julio, se pide del 1 de julio al 31 de diciembre de 2026. Desde enero de 2027, ese saldo pasa al plan por deuda general, que tiene otras condiciones.
- Cuotas mensuales, con una cantidad de cuotas y un pago a cuenta según tu tipo de contribuyente y tu perfil en el SIPER al consolidar.
- Una tasa de financiación igual a la tasa de interés resarcitorio vigente el día en que consolidás.
- Un mínimo de $50.000 por cuota y por pago a cuenta.
- Sin quita de intereses ni de multas. Los intereses corren hasta el día en que consolidás la deuda.
El plan exige la declaración jurada presentada, y la prórroga de la presentación no cambia su plazo ni sus requisitos. Caduca de forma automática si una cuota sigue impaga 60 días después de su vencimiento. Para los Pequeños Contribuyentes y las MiPyMEs, hacen falta dos cuotas impagas.
Por qué el plan importa en el Régimen Simplificado
En el Régimen Simplificado de Ganancias, presentar la declaración y pagar el saldo en término tiene efecto liberatorio sobre Ganancias de ese período. El Decreto 93/2026 también da por cumplido el pago en término si adheriste a un plan de ARCA dentro del plazo de vencimiento de la obligación. Como el plan exige la declaración presentada, si no pagaste al contado, en principio tenías que presentar y pedir el plan antes de que venciera el saldo.
Un plan pedido después te deja financiar la deuda, pero si no cuenta como pago en término, perdés el efecto liberatorio y la presunción de exactitud. Qué cubre cada uno está en la nota del Régimen Simplificado de Ganancias.
La residencia fiscal durante todo el año es la regla general, y el artículo 11 de la Ley 27.826 la exceptúa para quienes opten por el período 2025.
Errores que te pueden dejar sin la protección de Inocencia Fiscal
El Régimen Simplificado de Ganancias te da el efecto liberatorio y la presunción de exactitud, pero esa protección cae si hay una discrepancia significativa.
- Computar de más retenciones, percepciones o anticipos. La Ley 27.826 cuenta como discrepancia significativa el cómputo improcedente de retenciones, percepciones y anticipos, igual que las facturas apócrifas. Un pago a cuenta mal cargado baja el saldo aunque tus ingresos y tus deducciones estén bien.
- No guardar los respaldos. Si ARCA cuestiona la declaración, la prueba de que está bien queda de tu lado.
- Rectificar fuera de plazo. Si ARCA te notifica una liquidación o una determinación de oficio, tenés 15 días hábiles para presentar la rectificativa. Si además pagás o regularizás el saldo con intereses, la diferencia no cuenta como discrepancia. El plazo corre desde la notificación, no desde el vencimiento anual.
- Adherir como gran contribuyente o funcionario. Los grandes contribuyentes nacionales y los funcionarios alcanzados por la ley pueden presentar y pagar por la modalidad simplificada, pero sin las presunciones ni los demás beneficios.
Mirar el saldo en vez del impuesto determinado
El 15% de la discrepancia se mide sobre el impuesto determinado, no sobre el saldo que queda después de restar los pagos a cuenta. Con un impuesto de $100 millones y $90 millones de pagos a cuenta, el saldo es de $10 millones. Si el impuesto sube a $110 millones, el aumento es del 10%, aunque el saldo se duplique.
Tomar el 15% como un margen de error
Si la diferencia no supera $5 millones, el 5% del monto de evasión simple, no hay discrepancia aunque pase el 15%. En el otro extremo, un aumento de más de $100 millones cuenta aunque no llegue al 15%. El porcentaje tampoco se aplica a la documentación apócrifa ni a los ingresos directos computados de forma improcedente. Las otras causales de discrepancia están en Inocencia Fiscal II.
Qué falta reglamentar de Inocencia Fiscal II
La Ley 27.826 rige desde el 9 de octubre de 2026, aunque al 21 de octubre ARCA y la UIF todavía no dictaron todas sus normas. Que falten no suspende la ley ni corre el vencimiento. La reducción del 25% de las multas formales para personas humanas que no son grandes contribuyentes rige de pleno derecho. La del 50% de las multas formales anteriores a la ley espera la reglamentación de ARCA.
Cómo lo resuelve Lannis
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Preguntas frecuentes
¿La caracterización como Pequeño Contribuyente cambia mi categoría del monotributo?
No. Es una caracterización de ARCA que solo define las condiciones de los planes de pago. La RG 5911/2026 pasó la caracterización como Pequeño Contribuyente de 2026 del 23 de octubre al 16 de noviembre.
Fuentes: RG 5911/2026 · RG 5851/2026 · RG 5890/2026 · RG 5898/2026 · RG 5321/2023 y sus modificaciones RG 5759/2025 y RG 5776/2025 · RG 5902/2026 · Ley 27.799 · Decreto 93/2026 · Ley 27.826
Actualizado en octubre de 2026.
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