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Liquidación de divisas por exportación de servicios: cuándo pasás a pesos

Por: Equipo de Lannis

Liquidación de divisas por exportación de servicios: cuándo pasás a pesos

Si sos persona humana y cobrás un servicio que prestaste a un cliente del exterior, no tenés que pasar esos dólares a pesos. Lo que sí tenés que hacer es ingresarlos a una cuenta en dólares a tu nombre, en un banco argentino, dentro de los 20 días hábiles. Si no se cumple alguna condición, la regla general del BCRA vuelve a aplicar y el cobro se liquida.


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Ingresar y liquidar

Son dos cosas distintas en la norma del BCRA:

  • Ingresar es traer el cobro al sistema financiero argentino.
  • Liquidar es vender las divisas en el mercado de cambios a cambio de pesos.

La regla general está en el texto ordenado de Exterior y Cambios. Cuando un residente le presta un servicio a un no residente, el cobro se ingresa y se liquida en un plazo de 20 días hábiles. El plazo corre desde que lo cobrás, en el país o en el exterior, o desde que se acredita en una cuenta del exterior. Si un banco del exterior te descuenta sus gastos habituales por la transferencia, ese monto se considera ingresado.

La excepción para personas humanas

El mismo texto exceptúa de la liquidación a los cobros de personas humanas, sin límite de monto, si se cumplen todas estas condiciones:

  • El cobro ingresa dentro del plazo de 20 días hábiles.
  • Los fondos se acreditan en una cuenta en moneda extranjera a tu nombre, en un banco argentino.
  • El mecanismo resulta neutro en materia fiscal.

Con esas condiciones, el banco registra el cobro sin movimiento de pesos y la plata queda en tu cuenta en dólares. No puede cobrarte comisión por acreditarla, pero sí trasladarte al costo, con documentación, lo que cobren los bancos del exterior que intervienen.

Hasta septiembre de 2025 esta excepción tenía un tope anual. La historia del tope está en el cupo de exportación de servicios sin liquidar.

Cuándo sí tenés que liquidar

  • Si el cobro entra después de los 20 días hábiles.
  • Si los fondos no van a una cuenta en moneda extranjera a tu nombre en un banco argentino.
  • Si cobra una sociedad, salvo casos puntuales.

Entre esos casos están las sociedades beneficiarias del régimen de la economía del conocimiento. Esa excepción exige una certificación de incremento de exportaciones y una cuenta especial, entre otros requisitos. Otra excepción general permite no liquidar si los dólares se aplican, en el mismo momento, a una operación para la que la norma da acceso al mercado de cambios. Las dos tienen condiciones técnicas que conviene revisar con tu banco y con un especialista.

Si cobrás por una plataforma o una billetera

Si la plataforma acredita el cobro en una cuenta del exterior, los 20 días hábiles corren desde esa acreditación. Lo que cambia según la plataforma es cómo llega la plata a tu banco y qué ve ARCA. Lo repasamos en Payoneer, Wise y PayPal ante ARCA y en cómo ingresar dólares y emitir la factura de exportación.

La parte fiscal

Liquides o no los dólares, cada cobro del exterior lleva su Factura E, a nombre del cliente que te paga. La podés emitir en dólares o en pesos. Si sos monotributista, todo lo que exportás suma para el tope de tu categoría y para tu recategorización.

Cómo lo resuelve Lannis

  • Cargás a tu cliente del exterior una vez, y Lannis completa la moneda, el país y los datos de exportación de cada Factura E.
  • Emitís la Factura E por WhatsApp o desde la app, apenas cobrás.
  • Si cobrás un monto fijo por mes, programás la factura una vez y Lannis te pide por WhatsApp que la confirmes antes de cada fecha. Mirá facturas recurrentes.
  • Ves cuánto facturaste contra el tope de tu categoría y Lannis te marca cuando te acercás.

Si tu caso no es el de una persona humana con cuenta en dólares, consultá gratis con un especialista de Lannis.

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Preguntas frecuentes

¿Tengo que pasar a pesos lo que cobro de un cliente del exterior?

No, si sos persona humana y los dólares entran a una cuenta en moneda extranjera a tu nombre, en un banco argentino, dentro de los 20 días hábiles.

¿Cuánto tiempo tengo para ingresar los dólares?

20 días hábiles desde que cobrás, o desde que el cobro se acredita en una cuenta del exterior.

¿Hay un monto máximo para no liquidar?

No. La Com. "A" 8330 del BCRA eliminó el tope anual en septiembre de 2025.

¿Mi banco me puede cobrar comisión por acreditar los dólares?

No. Sí puede trasladarte, al costo, lo que cobren los bancos del exterior que intervienen.

¿Una sociedad tiene que liquidar?

En general, sí. La excepción sin tope es para personas humanas.


Fuentes: Texto ordenado de Exterior y Cambios, BCRA · Com. "A" 8330, BCRA · Exportación de servicios, ARCA

Actualizado en octubre de 2026.

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