Blanqueo 2024: qué fue, sus etapas y fechas, y qué opciones hay hoy
Por: Equipo de Lannis

El blanqueo 2024 fue el Régimen de Regularización de Activos, el Título II de la Ley 27.743, publicada en el Boletín Oficial el 8 de julio de 2024. Permitió declarar bienes que tenías sin declarar al 31 de diciembre de 2023, con los primeros USD 100.000 libres de impuesto. Ya cerró, con la última adhesión el 7 de mayo de 2025 y la última declaración jurada el 6 de junio de 2025, y hoy no hay un blanqueo abierto.
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Qué traía la Ley 27.743
La ley se llama de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes y no era solo el blanqueo. También traía una moratoria para deudas vencidas al 31 de marzo de 2024 y el REIBP, un régimen para pagar Bienes Personales por adelantado hasta 2027. Bajó las alícuotas de Bienes Personales y premió con una rebaja a los contribuyentes cumplidores. Además cambió Ganancias para los trabajadores en relación de dependencia y el monotributo.
Quién podía entrar y qué bienes
Podían adherir las personas humanas, las sucesiones indivisas y las sociedades que eran residentes fiscales argentinas al 31 de diciembre de 2023, estuvieran inscriptas en ARCA o no. También quienes habían sido residentes antes de esa fecha, que al adherir volvían a serlo desde el 1 de enero de 2024.
Quedaban afuera, entre otros, estos casos (arts. 39 a 41):
- Quienes ejercieron cargos públicos en los diez años anteriores, sus cónyuges, convivientes y familiares cercanos.
- Los condenados por delitos tributarios, aduaneros o vinculados a sus obligaciones fiscales, y los quebrados.
- Quienes recibieron planes sociales en los últimos cinco años, salvo la asistencia del COVID-19.
Se podía blanquear casi cualquier bien, en el país o en el exterior. La lista incluía efectivo, cuentas, inmuebles, acciones, títulos, créditos y criptomonedas. No se podían blanquear la moneda ni los títulos guardados en países de la lista negra o gris del GAFI.
Las etapas y las fechas
Cuanto más tarde adherías, más pagabas por lo que superaba USD 100.000. Estas son las fechas finales, con las prórrogas del Decreto 864/2024 y del Decreto 977/2024.
| Etapa | Alícuota sobre lo que superaba USD 100.000 | Adhesión y pago adelantado | Declaración jurada y pago del saldo |
|---|---|---|---|
| 1 | 5% | Hasta el 8 de noviembre de 2024 | Hasta el 6 de diciembre de 2024 |
| 2 | 10% | Del 9 de noviembre de 2024 al 7 de febrero de 2025 | Hasta el 7 de marzo de 2025 |
| 3 | 15% | Del 8 de febrero al 7 de mayo de 2025 | Hasta el 6 de junio de 2025 |
En la ley original, la Etapa 1 cerraba el 30 de septiembre de 2024 y la Etapa 2, el 31 de diciembre de 2024. La Etapa 3 terminaba el 31 de marzo de 2025. La ley dejaba estirar los plazos hasta el 31 de julio de 2025, y la última prórroga llevó la adhesión de la Etapa 3 al 7 de mayo de 2025.
Al adherir había que hacer un pago adelantado de al menos el 75% del impuesto especial. Quien blanqueaba hasta USD 100.000 no hacía ese pago (art. 30). El impuesto se pagaba en dólares, salvo excepciones para algunos bienes en el país. Si no lo pagabas a tiempo, la adhesión quedaba sin efecto (art. 29).
El efectivo y la cuenta CERA
El efectivo solo se podía blanquear en la Etapa 1 y tenía que entrar a una cuenta especial, la CERA. Si lo dejabas ahí, no pagabas el impuesto especial. Con más de USD 100.000, sacarlo antes del 31 de diciembre de 2025 tenía una retención del 5%, salvo para inversiones permitidas. Desde el 1 de enero de 2026 se transfiere sin retención. Los detalles están en cuenta CERA: qué es y cuándo podés sacar la plata.
Qué daba el blanqueo
Quien blanqueó quedó liberado de los impuestos omitidos sobre esos bienes, entre ellos Ganancias y Bienes Personales, por los períodos hasta 2023. También de las acciones civiles y penales tributarias, cambiarias y aduaneras vinculadas (art. 34). ARCA no puede aplicarle las presunciones del artículo 18 de la Ley 11.683 sobre lo que declaró.
A cambio, esos bienes son parte de su patrimonio desde el 1 de enero de 2024, y quien blanqueó perdió el beneficio de contribuyente cumplidor. Qué tiene que presentar desde entonces está en entré al blanqueo, ¿y ahora qué presento?.
Bienes Personales por adelantado
Con el REIBP pagabas de una vez Bienes Personales de 2023 a 2027, a 0,45% por año sobre tu patrimonio al 31 de diciembre de 2023. Por los bienes blanqueados, el régimen cubría de 2024 a 2027, al 0,50%. Quien adhirió no presenta Bienes Personales hasta 2027 y tiene estabilidad fiscal hasta 2038. La adhesión cerró en 2024 para los bienes ya declarados y en mayo de 2025 para los blanqueados. Lo explicamos en REIBP: el adelanto de Bienes Personales.
Qué opciones hay hoy
No se puede entrar al blanqueo ni al REIBP. Y si ya blanqueaste, la ley te cierra cualquier otro régimen de regularización de activos no declarados hasta el 31 de diciembre de 2038 (art. 43).
Lo que rige hoy es la ley de Inocencia Fiscal, con los cambios de la Ley 27.826. No es un blanqueo, pero subió los umbrales penales y acortó la prescripción, y sumó el Régimen Simplificado de Ganancias. En qué se diferencia del blanqueo y qué te conviene revisar según tu caso está en blanqueo o Inocencia Fiscal.
Cómo lo resuelve Lannis
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Preguntas frecuentes
¿Cuándo cerró el blanqueo?
La adhesión cerró el 7 de mayo de 2025, al terminar la Etapa 3. La declaración jurada y el pago vencieron el 6 de junio de 2025.
¿Cuánto se pagaba?
Nada hasta USD 100.000. Sobre lo que superaba ese monto, 5% en la Etapa 1, 10% en la Etapa 2 y 15% en la Etapa 3.
¿Hasta qué fecha tenía que tener los bienes?
Hasta el 31 de diciembre de 2023. Lo que compraste después no se podía blanquear.
¿Hay un blanqueo abierto en 2026?
No. Rige la Inocencia Fiscal, que no es un blanqueo.
¿Puedo volver a blanquear si ya entré?
No hasta el 31 de diciembre de 2038, según el artículo 43 de la Ley 27.743.
Fuentes: Ley 27.743, Boletín Oficial · Ley 27.743, InfoLEG · Decreto 608/2024, InfoLEG · Decreto 864/2024, InfoLEG · Decreto 977/2024, InfoLEG · RG 5528/2024, InfoLEG
Actualizado en octubre de 2026.
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